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Licencias de vado

  • Descripción

    Licencia de vado para acceso a locales o recintos privados desde el dominio público

  • Formulario

  • Solicitante

    Personas físicas o jurídicas interesadas, que previamente hayan obtenido licencia municipal de actividad en el local para el que se pretende la licencia de vado.

  • Presentación

    Lugar:

    Registro General – Ayuntamiento de Logroño (Avda. de la Paz nº 11)

    Horario:

    De 9 a 14 horas de lunes a viernes.

    Medios:

    Teléfono: 010 FAX: 941277079

    Documentación:

    Documentación:

    1. Copia de la licencia de actividad del local o espacio privado, o número de expediente de la concesión y servicio que la tramitó, cuando el interesado se dedique a cualquier actividad sujeta a dicha licencia. 2. Plano de emplazamiento del local. 3. Plano del local, a escala comprensiva, con su distribución definitiva y superficies, haciendo especial referencia a la zona de vehículos y acceso. Así mismo se indicará la existencia de arbolado, zonas verdes, sistemas de riego, mobiliario urbano, farolas u otros obstáculos sobre la acera, situación actual de la acera y bordillo y dimensiones de ésta y de la calzada. 4. En caso de locales de estancia o guarda de vehículos, deberán aportarse además la capacidad máxima de vehículos y el número y tipo de vehículos que albergará de forma habitual: a) Para garajes comunitarios, justificación documental de la comunidad de propietarios. (Fotocopia del CIF de la Comunidad.) b) Para garajes tipo comercial, identificación de la licencia de la que es titular y pago del I.A.E, correspondiente a la actividad del local para el que se solicita el vado. c) Para garajes sin fines comerciales, copia del Permiso o Licencia de circulación de los Vehículos que lo usarán de forma habitual, debiendo ser los propietarios de los mismos co-solicitantes de la licencia de vado, con las mismas responsabilidades que el solicitante principal. 5. Para otros locales de negocio, se adjuntará una breve memoria sobre la actividad a desarrollar en el mismo, justificación de la necesidad de la licencia, promedio estimado de entradas y salidas diarias de vehículos, horarios de actividad, etc, siendo necesario que haya realizado el interesado el alta o pago del I.A.E por la actividad y local objeto de la licencia. 6. Conformidad del propietario del local y asunción de su responsabilidad subsidiaria en las obligaciones establecidas en la presente Ordenanza de Vados. 7. En los supuestos en los que la solicitud de licencia de vado conlleve la realización de obras a las que se refiere el artículo 16 de la Ordenanza, con el fin de que se otorgue la oportuna licencia de obras, deberá aportarse la siguiente documentación: a) Memoria descriptiva en la que se indiquen los materiales que se van utilizar en las obras, y medidas de señalización y balizamiento durante la obra. b) Presupuesto de ejecución material de la obra. 2. Asimismo, el propietario del local, a tenor de lo dispuesto en el artículo 23.2.d) del vigente Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, tendrá la condición de sustituto del contribuyente, en la Tasa establecida por la utilización privativa o el aprovechamiento especial por entradas de vehículos o carruajes a través de las aceras.

    Requisitos:

    Además de disponer de las preceptivas licencias y autorizaciones, las dimensiones mínimas de locales o espacios, en cuanto a dimensiones, serán:

    Locales o espacios para guarda de vehículos. Tendrán como mínimo una superficie de 100 m2. Otro tipo de locales o espacios. Que por la naturaleza de la actividad a desarrollar se precise de forma indispensable el paso habitual de vehículos; que exista en su interior un espacio mínimo de 40 m2 libre y destinado permanentemente a la carga y descarga habitual de vehículos, así como que cuente con las condiciones físicas necesarias.

  • Gestión

    Órgano Gestor:

    Movilidad Sostenible

  • Información Adicional

    Normativa Relacionada:

    Ordenanza Reguladora de Licencias de Vado en la Ciudad de Logroño (BOR nº 25 de 28 de febrero de 2001) Modificación Ordenanza en BOR nº36 de 18-marzo-2011 (Para adaptación a la Ley 11/2007 de 23 de diciembre).